viernes, 28 de noviembre de 2008

Un periodista deberá indemnizar con 3.000 euros a Duran Lleida por acusarle de corrupto

BARCELONA.- El Tribunal Supremo ha condenado al periodista y economista Josep Vergés i Coma a indemnizar con 3.000 euros al dirigente de UDC Antoni Duran Lleida por las manifestaciones que realizó en sendos programas radiofónicos emitidos por Ona Catalana y Ona Ramblas en noviembre de 2000, en los que acusó al político de encabezar una trama de corrupción para el desvío de fondos europeos.

En sendos programas, el periodista promocionaba su libro 'Tots els homes de Duran. La corrupció política de Catalunya', editado por LLibres de L'index S.L.

La resolución del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Jesús Corbal, estima parcialmente recurso de casación interpuesto por Duran Lleida contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que rechazó su demanda y anuló una resolución anterior que condenó al periodista. Sin embargo, el alto tribunal rechaza un segundo recurso contra la editorial en el que se exigía la sustitución de la portada del libro.

En uno de los programas aludidos, Vergés i Coma señaló que en UDC existe una estructura mafiosa dedicada a malversar fondos de la UE y dinero de los impuestos de todos los catalanes, de modo que cualquier oyente podía concluir que el señor Duran encabezaba dicha red corrupta. En una segunda intervención telefónica, el demandado respondió en tono irónico al locutor que le entrevistaba sobre el rumor de que le hubieran ofrecido 400 millones de pesetas para evitar sus denuncias, y aludía a unas cuentas corrientes del político en Andorra.

El Supremo justifica la estimación de la demanda de Duran en que "no hay base alguna para estimar que las manifestaciones (del periodista) procedieran de una fuente seria o fiable, ni que se hubieran contrastado con datos objetivos, "sin que puedan servir de justificación las consideraciones que de forma asistemática, y mezclando libertad de expresión y de información", se exponen en la resolución absolutoria de la Audiencia de Barcelona. Los hechos constituyen, por lo tanto, una intromisión ilegítima en su derecho al honor.

"Es cierto que existía un contexto político y periodístico del que resultaba la imputación a miembros de UDC de graves irregularidades en la distribución de fondos para la formación de parados y en otros sectores administrativos, habiéndose producido la apertura de procedimientos penales", reconoce la sentencia.

Precisa, sin embargo, que Duran Lleida "de ningún modo resulta aludido directamente, ni se formuló ninguna denuncia penal contra él y, en cualquier caso una hipotética falta de reacción enérgica no justifica, no ya la insinuación sobre la compra de silencio en relación con unas cuentas en Andorra y la imputación del regalo del coche, sino tampoco el que se le presente como el cabecilla o máximo responsable de un entramado mafioso".

En lo que se refiere a la portada del libro (en la que aparecía Durán con dos miembros de su partido investigados por corrupción) el Supremo señala que no cabe modificarla porque se trata de "una idea gráfica íntimamente relacionada con el contexto del libro y del contexto político-social a que se hace referencia, sin que suponga desproporción alguna habida cuenta la gravedad de los hechos a que se apunta; o dicho de otra manera, la posible desmesura se halla legitimada por el contexto".

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