La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo también señala que no hay lugar al recurso de casación interpuesto por la Federación de Comunicación y Transporte de CCOO, por defecto de forma, contra una sentencia de 2007 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid contra la citada resolución del ministerio.
En sus fundamentos de derecho, la sentencia indica que el escrito incurre en el "defecto de entremezclar" argumentos relativos al quebranto de un precepto del Estatuto de los Trabajadores con una "prolija" exposición dirigida "a pretender" que prevalezca el contrainforme elaborado por CCOO frente al aportado por la empresa.
Por último, indica que "no es admisible" un escrito de interposición que entremezcle "cuestiones fácticas" con "infracciones del ordenamiento jurídico.
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