miércoles, 31 de marzo de 2010

La CIDH expresa su preocupación por la condena a un periodista en Ecuador

WASHINGTON.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó hoy su profunda preocupación por la condena de tres años en prisión impuesta al periodista Emilio Palacio, editorialista del diario El Universo de Guayaquil, en Ecuador.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH instó a Ecuador a aplicar los estándares del organismo regional en materia de libertad de expresión para evitar el uso del derecho penal para sancionar las manifestaciones críticas sobre la actuación de las autoridades en asuntos de interés público.

De acuerdo con la CIDH, Palacio fue querellado por delitos contra el honor por el presidente de la Corporación Financiera Nacional (CFN), una institución financiera del Estado.

El funcionario inició la demanda por una nota de opinión firmada por Palacio y publicada en el diario El Universo el 27 de agosto de 2009, en la que se le calificó de "matón", se cuestionó duramente la gestión del Gobierno y se atribuyó abusos de distinto tipo a funcionarios públicos, incluido el querellante.

El pasado día 26 Palacio fue condenado por el Juzgado Segundo de Garantías Penales de Guayas a tres años de prisión efectiva en el Centro de Rehabilitación Social de Varones de Guayaquil y a pagar diez mil dólares por costos legales.

El juzgado consideró que el periodista había incurrido en los delitos de injuria calumniosa e injuria no calumniosa grave, ambos contra un funcionario público.

El artículo 493 del Código Penal de Ecuador prevé penas más graves para estos delitos cuando la ofensa esté dirigida "a la autoridad". Palacio fue condenado a la pena máxima.

La defensa del periodista presentó un recurso de aclaración y ampliación ante el mismo juzgado que suspende la ejecución de la sentencia. Si ese recurso es rechazado, apelará la sentencia ante instancias superiores.

La Relatoría Especial considera que la decisión judicial representa "un retroceso en el proceso regional" impulsado por diversos estados que han reformado sus marcos jurídicos con la finalidad de no usar el derecho penal para sancionar a quienes emiten opiniones personales o formulan denuncias contra funcionarios públicos, incluso si son ofensivas, perturbadoras o infundadas.

Por ello, recuerda que la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión establece que "los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad".

La misma declaración señala que "la protección a la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un funcionario público o persona pública o particular que se haya involucrado voluntariamente en asuntos de interés público".

Asimismo, recuerda que la Corte Interamericana ha establecido en el caso Kimel (denominado así por le caso del periodista argentino Eduardo Kimel, quien fue condenado a un año de prisión por criticar a un juez en su libro "La Masacre de San Patricio") que la opinión sobre la actuación de funcionarios públicos no puede ser sancionada.

La Relatoría Especial valoró el anteproyecto de Código Orgánico de Garantías Penales del Ecuador, texto legal que eliminaría varios de los delitos por los que Palacio fue condenado, y alentó al Estado a impulsar la reforma que constituiría, dijo, "un avance regional en el camino de promover sistemas jurídicos que estimulen y no inhiban el debate público".

No hay comentarios: