MADRID.- El Ministerio de Industria, Energía y Turismo abrió 29
expedientes sancionadores -4 están en trámite- a las cadenas de
televisión en 2012 por incumplimientos de la normativa audiovisual, la
mayoría (17) por exceso de publicidad y cinco por la emisión de
contenidos no aptos para menores.
Según ha informado en una nota el departamento que dirige José Manuel Soria,
la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la
Información ha incoado además tres expedientes por publicidad encubierta
y otros 4 por interrupciones publicitarias.
Los 29 expedientes sancionadores supusieron un total de 3.302.396
euros en multas que se reparten en 1.716.006 euros por los de exceso de
publicidad; 919.386 euros por los de publicidad encubierta; 561.003
euros en los de contenidos perjudiciales para menores, y 106.001 euros
por los de interrupciones publicitarias.
En los tres primeros meses de 2013, se han incoado en total 14
expedientes, siete de ellos por programación de contenidos perjudiciales
para los menores y uno de emisión de tarot fuera del horario permitido.
La nota subraya el incremento que han experimentado los expedientes
sancionadores por la emisión de contenidos no aptos para menores, ya que
en 2011 se incoó uno solo frente a los cinco del año pasado.
La nota destaca que uno de los principales objetivos que se ha
planteado el Gobierno en el último año ha sido el de profundizar e
incidir en las actuaciones encaminadas a salvaguardar los derechos de
los niños frente a la publicidad y, en especial, frente a los contenidos
de la programación.
En este sentido, añade, en las sanciones de protección del menor se
han separado las de contenidos por programación de las de contenidos por
publicidad y tarot.
Además de las sanciones por protección del menor, las infracciones
referidas al exceso de emisión de espacios publicitarios suponen casi
todos los años más de la mitad de las sanciones impuestas.
Otras actuaciones sancionadoras hacen referencia a la identificación y
colocación de publicidad en programas, el efecto que su emisión puede
tener en la integridad de obras audiovisuales a las que interrumpen, o
la publicidad encubierta.
Por último, se recogen las sanciones impuestas por los cambios de
programación sin respetar el tiempo mínimo establecido para comunicar el
cambio y por el incumplimiento de la obligación de las televisiones de
financiar obras audiovisuales europeas con el 5 por ciento de sus
ingresos.
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