BARCELONA.- El Juzgado de Primera Instancia nº46 de
Barcelona ha rechazado la demanda del Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, y
ha absuelto a su socio en Nóos, Diego Torres, y a varios medios de
comunicación a los que acusaba de vulnerar su honor e intimidad con la
publicación de correos electrónicos personales.
En la sentencia la magistrada Maria del
Remei Vergès niega que la difusión de correos sobre sus supuestas
infidelidades vulnerase su derecho a su intimidad personal y familiar y
sostiene que como se enviaron desde un ordenador del Instituto Nóos al
que tenían acceso otras personas perdieron "toda su esencia de
cofidencialidad".
La juez le reprocha al Duque de Palma no haber tenido más cuidado al
escribir desde el ordenador de la empresa "correos impropios del cargo y
posición institucional que ocupa" --en referencia a emails que califica
de jocosos-- y remitir otros absolutamente privados desde ordenadores
sin la suficiente protección.
Añade que, como las noticias denunciadas se publicaron en el ámbito
de una investigación judicial del caso 'caso Nóos', que califica de
extremísima relevancia, ve incuestionable el interés general de los
correos, "diluyéndose forzosamente el derecho a la intimidad, que no
deja de existir pero que pierde obviamente fuerza", sostiene la
magistrada.
Ha recordado también que cada semana acudían a la sede de Nóos
miembros del CNI para vaciar el contenido de los ordenadores, con lo que
Urdangarin sabía que "todo lo que mandase desde los PC de su oficina
estaba abierto al conocimiento de una pluralidad de personas".
Ha rechazado que los demandados paguen al Duque una indemnización de
un euro por supuestos daños morales, porque "no se acredita que haya
existido daño moral ni el beneficio económico que con la publicación de
las noticias han obtenido los medios de comunicación".
Recuerda que en la vista previa al juicio, Pascual Vives ofreció a
los demandados retirar la demanda a cambio de exonerarles de las costas
del juicio --un grupo editorial aceptó-- con lo que mostró así "que no
hay interés económico y prácticamente tampoco jurídico".
"Si los condenados hubieran aceptado el disentimiento sin costas, la
parte actora hubiera tenido a bien desistir de este pleito y no
continuar", concluye la juez.
En el juicio, la Fiscalía ya pidió la desestimación alegando que
difundir estos correos no vulneraba su intimidad porque se escribieron
en un ordenador del Instituto Nóos al que tenían acceso muchas personas,
porque es un caso de interés público y porque no se acreditó que los
hubiese filtrado Torres ni tampoco qué perjuicio sufrió el Duque.
Por el contrario, el abogado de Urdangarin, Mario Pascual Vives,
defendió en el juicio el carácter "indudablemente privado e íntimo" de
los correos, y que enviarlos desde un ordenador de la empresa no implica
un permiso a terceros.
En este caso, la juez ha analizado únicamente las informaciones
publicadas entre el 27 de marzo de 2013 y el 14 de mayo del mismo año,
fecha en que Urdangarin interpuso la demanda, pese a que el letrado del
Duque intentó hacerlo extensivo a julio de 2013.
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