CARTAGENA.- La Sección nº 5 de la Audiencia Provincial de Murcia ha absuelto a
un individuo que había sido condenado por insultar en Twitter a un
diario digital de Cartagena, al quedar despenalizada la falta de
injurias por el nuevo Código Penal español.
De esta manera, la Audiencia revoca la sentencia del Juzgado de
Instrucción nº 3 de Cartagena, que previamente había condenado al
individuo por un delito de injurias al considerar que había proferido
por la red social Twitter insultos dirigidos al diario digital.
En
concreto, el individuo escribió insultos como "periodistas gilipollas,
anormales digitales", y acusó al medio de no tener "vergüenza" y de
inventarse "noticias y contratos de trabajo", según la sentencia.
El Juzgado le condenó en
primera instancia a la pena de 60 euros de multa como autor penalmente
responsable de una falta de injurias, pero el acusado presentó un
recurso de apelación en tiempo y forma alegando que no existió ánimo
injurioso y que, por tanto, procedía su libre absolución.
En este
sentido, la Sala de la Audiencia Provincial destaca que el individuo fue
condenado por una falta de injurias, que ha quedado despenalizada en el
nuevo Código Penal, por lo que "procede absolverlo".
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