miércoles, 13 de enero de 2016

Absuelto de insultar a un diario digital tras haberse despenalizado la falta de injurias

CARTAGENA.- La Sección nº 5 de la Audiencia Provincial de Murcia ha absuelto a un individuo que había sido condenado por insultar en Twitter a un diario digital de Cartagena, al quedar despenalizada la falta de injurias por el nuevo Código Penal español.

De esta manera, la Audiencia revoca la sentencia del Juzgado de Instrucción nº 3 de Cartagena, que previamente había condenado al individuo por un delito de injurias al considerar que había proferido por la red social Twitter insultos dirigidos al diario digital.
En concreto, el individuo escribió insultos como "periodistas gilipollas, anormales digitales", y acusó al medio de no tener "vergüenza" y de inventarse "noticias y contratos de trabajo", según la sentencia.
El Juzgado le condenó en primera instancia a la pena de 60 euros de multa como autor penalmente responsable de una falta de injurias, pero el acusado presentó un recurso de apelación en tiempo y forma alegando que no existió ánimo injurioso y que, por tanto, procedía su libre absolución.
En este sentido, la Sala de la Audiencia Provincial destaca que el individuo fue condenado por una falta de injurias, que ha quedado despenalizada en el nuevo Código Penal, por lo que "procede absolverlo".

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